Gracias a la reducción que realizó la Ley 1819 de 2016 en relación con los topes anuales de consumos, consignaciones y compras con tarjetas de crédito que obligan a declarar a las personas naturales residentes del régimen ordinario (1.400 UVT, $53.206.000 durante el 2022), el universo de declarantes aumentó de 2.500.000 por el año gravable 2016 a 2.900.000 por el año gravable 2017 y, continuó creciendo a 3.212.000 por el año gravable 2018, 3.570.018 por el año gravable 2019 y 4.453.974 en el 2021.
Así, se estima que esa misma cantidad de contribuyentes reitere su declaración en el régimen ordinario para el año gravable 2022, pues incluso la Dian, al recibir entre abril y junio de 2023 la inmensa cantidad de información exógena tributaria del año gravable 2022 tendrá suficientes datos para descubrir quiénes quedan obligados a declarar renta por año gravable 2022.
Además, es importante recordar que el artículo 6 del ET sigue permitiendo que las personas naturales residentes que no queden obligadas a declarar, pero a las cuales sí les hayan practicado durante el año 2022 alguna retención en la fuente a título de renta o ganancia ocasional, puedan presentar su declaración de forma voluntaria lo cual les permitiría formar saldos a favor y solicitarlos en devolución.
En consecuencia, en la preparación y presentación de la declaración de renta del año gravable 2022 de las personas naturales y sucesiones ilíquidas (residentes o no residentes, obligadas o no a llevar contabilidad) se deberán tener en cuenta todos los grandes cambios que en su momento se introdujeron con el artículo 136 de la Ley 2010 de diciembre de 2019, los artículos 8 a 11 y 55 de la Ley 2099 de julio 10 de 2021, los artículos 2 y 3 de la Ley 2130 de agosto 4 de 2021 y los artículos 2 a 6, 7, 12, 14, 34, 51 y 65 de la Ley 2155 de septiembre 14 de 2021 y algunos de los artículos de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 (entre ellos los que afectaron normas de procedimiento tributario).
Adicionalmente, se deberán tener en cuenta las nuevas resoluciones de la Dian que se relacionan con este tema como lo son aquellas que prescribieron los formularios 110 y 210 para las declaraciones del año gravable 2022.
Es así como, para efectos de cumplir correctamente con la obligación de declarar entre agosto y octubre el impuesto de renta del año gravable 2022 de las personas naturales del régimen ordinario no catalogadas como grandes contribuyentes, se deberán tener en cuenta una gran cantidad de novedades importantes tales como:
- Las personas naturales y sucesiones ilíquidas que por el año gravable 2022 calificaban como no residentes fiscales ante el gobierno utilizarán el nuevo formulario 110 del año gravable 2022.
- Nuevas versiones para los formatos de conciliación fiscal que se deben elaborar y reportar antes de presentar la declaración de renta. Formato 2516 versión 6 y 2517 versión 5.
- Aumento en el monto del porcentaje anual de depreciación que se podrá aplicar a los activos fijos adquiridos por quienes realizan inversiones para generar energía eléctrica con fuentes no convencionales, pasó del 20 % al 33 %.
- La aplicación del incremento en la tarifa para liquidar el impuesto sobre dividendos gravados recibidos durante el año gravable 2022 y que pertenecieran a los ejercicios 2017 y siguientes.
- La aplicación por primera vez del descuento en el impuesto de renta a quienes celebren convenios con Coldeportes para asignar becas de estudio a los deportistas dispuesto en el Decreto 985 de 2022.
- La obligatoriedad del mensaje electrónico de confirmación de recibido de la factura electrónica para la aceptación fiscal de compras a crédito.
- El rechazo del 90 % de algunos costos y gastos en que se haya incurrido durante el 2022 y que no hayan quedado soportados ni en factura electrónica de venta ni en documentos equivalentes válidos y vigentes.
- El rechazo del gasto por nóminas pagadas o causadas de algunos contribuyentes que no las empezaron a transmitir electrónicamente después de mayo de 2022.
- La aplicación de nuevos límites de aceptación fiscal para los costos y gastos que se hayan cubierto con efectivo.
- Manejo del impuesto diferido, el cálculo del anticipo al impuesto de renta y el saldo a favor de la declaración del año gravable 2023 si la persona natural residente del régimen ordinario decide trasladarse al régimen simple.
A quién va dirigido
Este producto está dirigido a contadores públicos, revisores fiscales, auditores, gerentes, abogados y asesores tributarios que deseen estar al tanto de las últimas novedades requeridas para la presentación de la declaración de renta de personas naturales por el año gravable 2022.
¿A qué tendrás acceso?
- Un libro en Word con más de 250 páginas de la autoría del Doctor Diego Guevara.
- 5 horas de videoconferencias pregrabadas y separadas por capítulos.
- Acceso a más de 800 megas de información que se deben tener a la mano para el estudio del tema con versiones comparativas entre la normativa actual con la anterior.
- Herramientas en Excel descargables y editables diseñadas por el Doctor Diego Guevara:
Formulario 110 + anexos, para personas naturales y sucesiones ilíquidas no residentes no obligadas a llevar contabilidad en Colombia.
Formulario 110 + 2516 v.6 + anexos, para personas naturales y sucesiones ilíquidas no residentes que sí están obligadas a llevar contabilidad en Colombia.
Formulario 210 + anexos, para personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes no obligadas a llevar contabilidad.
Formulario 210 + 2517 v.5 + anexos, para personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes obligadas a llevar contabilidad
Simulador régimen ordinario vs régimen simple.
Simulador efectos de la bancarización artículo 771-5 del ET.
Tributación sobre dividendos y sus retenciones antes y después de la Ley 2277 de 2022.
- Consultorio exclusivo: Los primeros compradores podrán enviar sus preguntas para ser seleccionadas y resueltas en un consultorio virtual en vivo de 3 horas que se hará el sábado 24 de junio de 2023.
Conferencista
Diego Hernán Guevara Madrid
Contador Público de la Universidad del Valle con amplia experiencia en el manejo de los temas de los impuestos nacionales. Conferencista en las más recientes reformas tributarias. Ex miembro de la firma Deloitte & Touche Ltda. y de la firma Cabrera y Asociados S.A. de Cali. Profesor en programas de diplomados, y escritor de artículos para la revista Impuestos y del periódico Ámbito Jurídico de Legis. Actualmente es el Líder de Investigación Contable y Tributaria en Actualícese.
Ficha técnica
Fecha de grabación: mayo 26 de 2023
Duración: 4 horas