Esta capacitación está incluida en la suscripción platino.
Los retenedores calcularán en los meses de junio y diciembre de cada año el porcentaje fijo de retención que deberá aplicarse a los ingresos de cada trabajador durante los seis meses siguientes a aquel en el cual se haya efectuado el cálculo. Te lo explicamos su cálculo y aplicación en esta Capacitación.
Actualmente existen dos procedimientos aceptados por la legislación colombiana para el cálculo de la retención en la fuente sobre ingresos laborales. Las disposiciones sobre la aplicación de estos procedimientos las encontramos en el Estatuto Tributario –ET–. El artículo 385 del ET tiene las reglas del procedimiento 1 y el numeral 386 del ET explica el cálculo del porcentaje fijo del procedimiento 2. Además, el artículo 383 tiene la tabla de las tarifas de retención en la fuente.
El porcentaje fijo de retención será el que figure en la tabla de retención frente al intervalo al cual corresponda el resultado de dividir por 13 la sumatoria de todos los pagos o abonos gravables efectuados al trabajador, directa o indirectamente, durante los 12 meses anteriores a aquel en el cual se efectúa el cálculo.
Es por esto que Actualícese te ofrece esta capacitación. De la mano de nuestro conferencista experto, el Dr. Luís Gaitán, conocerás cómo aplicar el porcentaje fijo de retención, cuándo aplica, el marco normativo que lo regula y otros aspectos importantes de este.