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Todo lo que debes saber sobre el piso de protección social

El artículo 193 de la Ley 1955 de 2019 incluyó dentro de nuestra legislación el denominado piso de protección social, sistema que tiene como iniciativa brindar el acceso a un sistema de protección social a los trabajadores dependientes e independientes con ingresos mensuales inferiores a un salario mínimo mensual legal vigente –smmlv–. 

A raíz de ello, el Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 1174 de 2020, mediante el cual reglamentó el piso de protección social, cuyas características son las siguientes: 

1. Beneficios económicos periódicos –BEPS–: es un programa de ahorro que permite al trabajador acceder a un ingreso en su edad de retiro, que dependerá del monto ahorrado, y será entregado de forma bimensual con un valor inferior al salario mínimo. 

2. Régimen subsidiado en salud: régimen de salud que ampara a la población de menores ingresos, siempre que cumpla con los requisitos de acceso o permanencia, otorgando únicamente el acceso a la prestación del servicio, sin conceder pago de incapacidades o licencias de maternidad y paternidad. 

3. El seguro inclusivo: amparará al trabajador frente a los riesgos derivados de la actividad laboral y de las enfermedades cubiertas por los BEPS. 

Este piso de protección social busca que las personas que, debido a sus pocos ingresos, no logran acceder al sistema de seguridad social integral cuenten con un servicio complementario básico, estableciendo la opción al empleador de remplazar el pago de seguridad social integral por el aporte al piso de protección laboral antes referido, que corresponde al 15 % del ingreso devengado por el trabajador.

A QUIÉN VA DIRIGIDO

El contenido de este seminario está dirigido especialmente a empresarios, trabajadores independientes y profesionales de diversas disciplinas que se relacionen directamente con la liquidación de aportes, nómina y recursos humanos. 

OBJETIVO GENERAL

Comprender en su totalidad lo relacionado con el piso de protección social, aplicando todas las disposiciones de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 1174 de 2020 para la protección de los trabajadores que devenguen menos de un salario mínimo, y evitar sanciones de la UGPP y del Ministerio del Trabajo. 

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

  • Identificar el marco normativo y las principales disposiciones.   
  • Conocer a quiénes aplica obligatoria y voluntariamente el piso de protección social. 
  • Conocer la composición del piso de protección social, régimen subsidiado en salud, beneficios económicos periódicos –BEPS– y seguro inclusivo. 
  • Determinar la base de cotización para el piso de protección social en los casos en que haya múltiples contratos o trabajos. 
  • Comprender la coexistencia de la seguridad social y el piso de protección social. 

METODOLOGÍA 

El contenido propuesto en este Seminario Taller en Línea será impartido en un total de 8 horas, a través de material audiovisual y un taller que te proporcionarán las bases para comprender la nueva forma de cotizar a la seguridad social y proteger a los trabajadores dependientes y contratistas de prestación de servicios con jornadas parciales que devengan menos de un salario mínimo. 

LOGROS

  • Sabrás qué es y a quiénes aplica obligatoria y voluntariamente el piso de protección social. 
  • Conocerás las obligaciones del empleador o contratante en esta modalidad. 
  • Comprenderás la composición del piso de protección social, régimen subsidiado en salud, BEPS y seguro inclusivo. 
  • Evaluarás la coexistencia entre la seguridad social y el piso de protección social en las obligaciones de las empresas. 
  • Sabrás establecer de forma correcta el ingreso neto en el piso de protección social, y análisis de casos en multitrabajos o multicontratos de prestación de servicios.

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